Ayuda para la adquisición de libros de texto para 1º y 2º CURSO 2024/2025
El Plazo de presentación de solicitudes será del 19 de junio al 2 de julio (ambos incluidos).
En los próximos días se va a publicar en el BOR el extracto de la convocatoria de ayudas para libros de texto para el curso 2024/2025.
Requisitos a cumplir por los solicitantes:
- Alumnado matriculado para el curso 2024/2025, en cualquiera de los siguientes niveles educativos:
a) 1º y 2º de Educación Primaria.
b) Si el alumnado está matriculado en un nivel educativo incluido en el programa de gratuidad de libros de texto, para los supuestos en que no puede hacer uso de dicho programa por haber establecido el centro escolar, de manera exclusiva en dichos niveles educativos, libros de texto en soporte digital que no puedan ser reutilizados en cursos sucesivos y, por lo tanto, no sean susceptibles de participar del programa de gratuidad de libros de texto.
- Residencia efectiva en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- No superar los criterios económicos de renta per cápita y de rendimiento de capital mobiliario establecido en la convocatoria.
Cuantía de las ayudas:
1. Con carácter general y en función del tramo de renta per cápita de la unidad familiar del solicitante:
i. Ayuda tipo 1: en el supuesto en que la renta per cápita sea inferior o igual a 9.000 euros
1. 175 euros en Educación Primaria
2. 250 euros en Educación Secundaria Obligatoria
3. 120 euros en Ciclos Formativos de Grado Básico
ii. Ayuda tipo 2: en el supuesto en que la renta per cápita sea superior a 9.000 euros e inferior o igual a 12.000 euros
1. 100 euros en Educación Primaria
2. 150 euros en Educación Secundaria Obligatoria
3. 120 euros en Ciclos Formativos de Grado Básico
2. Con carácter especial: para alumnado cuyos tutores sean perceptores de la “Renta de ciudadanía de La Rioja” en el año 2023 se les concederá también el importe de las de Tipo 1 pero se les denominará Ayuda Tipo 3 para su diferenciación.
1. 175 euros en Educación Primaria
2. 250 euros en Educación Secundaria Obligatoria
3. 120 euros en Ciclos Formativos de Grado Básico
3. El importe máximo de la ayuda a conceder, teniendo en cuenta los criterios económicos de renta per cápita, se verá ajustado conforme al gasto efectivamente justificado, una vez presentada la factura o documento equivalente, para los supuestos en que la presentación de dicha documentación sea obligatoria, y el importe del documento justificativo del gasto realizado sea inferior al importe de la ayuda correspondiente para ese tramo de renta per cápita.
4. El importe de las ayudas a conceder no podrá superar el coste real de adquisición de los libros de texto.
Solicitudes y documentación a adjuntar:
NOVEDAD CONVOCATORIA 2024/2025: SE DEBERÁ PRESENTAR EL VOLANTE DE EMPADRONAMIENTO POR EL INTERESADO, PARA TODAS LAS LOCALIDADES DE LA RIOJA
La solicitud se presentará a través del Anexo establecido para ello.
Se deberá adjuntar la siguiente documentación:
a) Fotocopia de Libro de Familia
b) Fotocopia de sentencia de divorcio, demanda de separación o certificado de defunción, según los casos.
c) Certificado expedido por la Hacienda Foral de los ingresos, del año 2023, SOLO para aquellos que tributen en TERRITORIOS FORALES
d) Volante de empadronamiento de la unidad familiar en el que aparezcan los miembros de la misma que convivían con el/la solicitante a 31 de diciembre de 2023
e) Fotocopia de la factura (**) o documento equivalente justificativo emitido por el establecimiento o punto de venta autorizado (indicando el nombre del solicitante o tutores).
Plazo para la presentación de la factura:
o Del 1 al 15 de septiembre: para los solicitantes de las ayudas presentadas en el periodo ordinario. Dicho justificante se presentará preferentemente en el centro en el que se encuentre el alumno matriculado en ese momento.
o Junto con la solicitud de las ayudas: para los solicitantes que presenten la solicitud en el periodo extraordinario establecido conforme al apartado octavo de la presente.
(**) En caso de ser perceptor de la renta de la ciudadanía en 2023, no será necesaria su presentación.
f) No es requisito esencial aportar la ficha de datos de tercero.
Presentación de solicitudes:
- De forma presencial: en los centros, u oficinas de registro del Gobierno de La Rioja
- De forma telemática: a través de la Secretaría Virtual de la plataforma Racima.
Se accederá a ella: a través del módulo correspondiente de la plataforma Racima o siguiendo los siguientes pasos:
o A través de la página web www.larioja.org, apartado Trámites Oficina Electrónica
o procedimiento “Ayudas de libros de texto” –botón “Tramitar”-. En este momento serán redirigidos a la Secretaría Virtual de Racima desde donde grabará su solicitud e incorporarán la documentación a tener en cuenta
o en el caso de presentar la solicitud de forma telemática se deberá adjuntar como información adicional el Anexo de autorización de consulta de datos tributarios
APARTADO SOLICITUD: COMPROBACIÓN DE DATOS
En cuanto al Anexo SOLICITUD: apartado 6, “Comprobación de datos” se distinguirá entre la NO OPOSICIÓN y la AUTORIZACIÓN
Ø NO OPOSICIÓN A CONSULTA: tabla nº 1
Para la consulta de datos de identidad y de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Si el interesado quiere permitir dicha consulta: NO SE RELLENARÁ NI FIRMARÁ LA TABLA.
Si el interesado no quiere permitir dicha consulta: RELLENARÁ LA TABLA Y LA FIRMARÁ.
En este caso en el que se opone a que se consulten sus datos el interesado deberá presentar:
· Fotocopias NIF/NIE
· Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social en el año 2023 emitido por la Tesorería General de Seguridad Social
Ø AUTORIZACIÓN A CONSULTA: tabla nº 2
Para la consulta de datos tributarios (para los miembros mayores de 14 años)
Si el interesado quiere permitir dicha consulta: SE RELLENARÁ Y SE FIRMARÁ LA TABLA
Si el interesado no quiere permitir dicha consulta: NO SE RELLENARÁ LA TABLA NI LA FIRMARÁ.
En este caso en que no se autoriza a la consulta, el interesado deberá presentar:
· Certificado de la AEAT de sus ingresos de 2023 (vía Certificado de IRPF o, si no tenía obligación de presentarla, Certificado de ingresos y gastos deducibles)
· Certificado de la Dirección General de Tributos del Gobierno de La Rioja en relación a su cumplimiento de obligaciones tributarias.